No gusta a la ONU “objeción de conciencia” en México
Agencias de la ONU cuestionaron la aprobación del Congreso mexicano de una ley que permite al personal médico negar atención médica a mujeres cuando se trate de practicar un aborto (que en México se le llama “interrupción legal del embarazo”), “por objeción de conciencia”.
Como se recordará, el pasado 22 de marzo el Congreso de la Unión aprobó una adición al artículo 10 Bis de la Ley General de Salud, la cual establece que el personal médico y de enfermería que forma parte del Sistema Nacional de Salud podrá ejercer la objeción de conciencia y excusarse de participar en la prestación de los servicios de salud establecidos en dicha ley, salvo en casos en los que se ponga en riesgo la vida del paciente o se trate de una urgencia médica.
Las oficinas en México de la Entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de la Mujer (ONU Mujeres); el Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA), y la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONU-DH) temen que la reforma de la Ley General de Salud, que introduce el derecho de “objeción de conciencia“, podría legalizar la negación por parte de personal médico a practicar “interrupciones legales del embarazo” (abortos) con el argumento de que va en contra de sus convicciones éticas o religiosas.
Y, no obstante que reconocen que la “objeción de conciencia“ se deriva de la interpretación del derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión, establecido en la Declaración Universal de Derechos Humanos y en el Pacto Internacional de Derecho Civiles y Políticos, aseguran, sin embargo, que el ejercicio de este derecho bajo ninguna circunstancia debe representar un obstáculo para el “acceso oportuno, aceptable, asequible y de calidad a la atención de la salud“.
Y en este tenor, las agencias de la ONU instan a las autoridades competentes a que, de ser promulgada la reforma, “se garantice plenamente el derecho a la salud, particularmente la salud sexual y reproductiva, incluida la interrupción legal y segura del embarazo“ (es decir, el aborto).
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