Discrepan INAI y Senado por ley de seguridad
El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) considera que el artículo 9 del dictamen por el que se expide la Ley de Seguridad Interior, aprobado en días pasados por la Cámara de Diputados, contraviene el principio de máxima publicidad, previsto en el artículo 6º de la Constitución.
El artículo 9 del dictamen de Ley señala a la letra “la información que se genere con motivo de la aplicación de la presente Ley, será considerada de Seguridad Nacional, en los términos de la ley de la materia, y clasificada de conformidad con ésta y las disposiciones aplicables en materia de transparencia y acceso a la información”.
Al respecto, el Instituto advierte que dicha disposición es contraria al principio de máxima publicidad, el cual establece, por regla general, que toda la información en posesión de cualquier autoridad es pública y sólo podrá ser reservada temporalmente por razones de interés público y seguridad nacional, acreditando los extremos de la prueba de daño.
En ese sentido, establecer que la información generada por la aplicación de la Ley será considerará de seguridad nacional, implica restringir, sin análisis alguno, el acceso a dicha información, pues como se refiere, la seguridad nacional, es una de las excepciones al derecho de acceso a la información.
Asimismo, el dictamen de Ley atenta contra el principio de temporalidad para la clasificación de información, ya que artículo 106 de la Ley General de Transparencia prevé los momentos específicos en que podrá ser clasificada, en tanto, el artículo 108, de la misma norma, establece que la reserva de información se realizará conforme a un análisis caso por caso, mediante la aplicación de una prueba de daño, y que en ningún caso se podrán clasificar documentos antes de que se generen.
Aunado a lo anterior, el INAI detectó que el dictamen de Ley contiene conceptos que podrían considerarse ambiguos o imprecisos, como el de “acciones de seguridad interior” y “acciones de orden interno”, entre otros.
Bajo estas consideraciones, el INAI subraya que la clasificación de información como reservada es una excepción que sólo podrá aplicarse bajo determinadas circunstancias.
En conclusión, el Instituto considera que el artículo 9 del dictamen de Ley de Seguridad Interior trasgrede los principios de máxima publicidad, de temporalidad en la reserva y de progresividad, los cuales deben imperar para el ejercicio del derecho humano de acceso a la información.
El INAI manifestó que sería deseable, como ha sido la constante de la Cámara Alta, que se brinde la oportunidad de dialogar, de discutir estos puntos, para enriquecer el dictamen con las mejores ideas que se puedan generar por parte de académicos, organizaciones de la sociedad civil y especialistas.
Discrepa Gil Zuarth del INAI
El Titular del INAI, Javier Acuña Llamas, participó en una reunión encabezada por la presidente de la Junta de Coordinación Política (Jucopo) del Senado de la República, Ana Lilia Herrera Anzaldo y senadores presidentes de las comisiones dictaminadoras de la minuta, donde expuso estas consideraciones.
Ahí, el senador Roberto Gil Zuarth aseguró que la redacción del artículo 9 de la minuta sobre la Ley de Seguridad Interior no desplaza el régimen jurídico de transparencia, máxima publicidad, ni las competencias de clasificación que tiene el INAI ni de los sujetos obligados.
Sostuvo que la minuta enviada por la Cámara de Diputados no es un “islote ajeno, aislado, desprendido del sistema jurídico mexicano” y tampoco desplaza la aplicación de otras normas que están en el ordenamiento en materia de transparencia y acceso a la información, facultades de control parlamentario, de vigilancia en la protección de derechos humanos y fiscalización superior.
En el mismo sentido, el titular de la Unidad Jurídica de la Secretaría de la Defensa Nacional, General de Brigada Alejandro Ramos, consideró que la redacción es “bastante clara” y en ninguna forma da pie a una regresión en cuanto a disposiciones de acceso a la información.
En cambio, la presidente de la Comisión de Derechos Humanos, senadora Angélica de la Peña Gómez, señaló que las comisiones deben considerar y analizar los planteamientos emitidos por el Comisionado presidente del INAI.
Mientras que, por su parte, el presidente de la Comisión de Estudios Legislativos, Segunda, senador Benjamín Robles Montoya, expresó su preocupación por la alerta del INAI respecto al acceso a la información, y dijo que sería un grave error no modificar nada a la minuta.
Asistieron también los senadores del PRI, Enrique Burgos García, Ricardo Barroso Agramont y Ernesto Gándara Camou, así como Fernando Torres Graciano, del PAN.
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