Emite INE Lineamientos para Revocación de Mandato
El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó los lineamientos para la organización de la Revocación de Mandato que, en 2019, se incluyó en el artículo 35 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos como un derecho de la ciudadanía.
Las normas aprobadas dan certeza a la ciudadanía y a los actores políticos sobre la forma en que la autoridad electoral cumplirá con sus atribuciones establecidas en la Constitución, la cual establece que será el Instituto quien deberá convocar a una eventual Revocación de Mandato a petición de la ciudadanía, en un número equivalente, al menos, a 3% de los inscritos en la Lista Nominal de Electores.
En estos lineamientos se establecen directrices que dan claridad sobre las acciones que realizará el INE en materia de organización e integración de las mesas directivas de casilla, difusión, documentación, escrutinio y cómputo de los resultados.
Asimismo, incluye reglas para la observación, atención de visitantes extranjeros y el papel de los partidos políticos en este ejercicio.
El Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova, aclaró que los lineamientos aprobados tienen tres propósitos:
1) Subsanar un incumplimiento del Poder Legislativo, que a la fecha no ha emitido una ley que dé claridad sobre los procedimientos a seguir en la Revocación de Mandato.
2) Fundamentar la solicitud de los recursos presupuestales correspondientes para llevar a cabo dicho ejercicio.
3) Brindar certeza a la ciudadanía, a partidos y a los actores políticos sobre los procedimientos, plazos y competencias de cada actor en este ejercicio de democracia directa.
Modificaría INE lineamientos, si se emite ley secundaria
Lorenzo Córdova explicó que el INE tiene conocimiento de que hay avances en el Congreso de la Unión en la elaboración de la Ley Federal de Revocación de Mandato, incluso propuestas de dictamen sobre ella. Y, en este sentido, reiteró la disposición del INE para adecuar los lineamientos para que sean compatibles con la Ley que, en su caso, sea aprobada en el Congreso.
Lorenzo Córdova dejó muy claro que “el INE no pretende legislar ni sustituir al Congreso en sus facultades y atribuciones constitucionales”.
En esto coincidió el Consejero Uuc-kib Espadas, quien rechazó que los lineamientos sobre la Revocación de Mandato que aprueba hoy el INE suplan algún tipo de ley, ni presente ni futura y que, en consecuencia, establezca obligaciones contrarias, ya que el Congreso puede legislar todavía, a pesar de que acumula más de 400 días de omisión.
Revocación de Mandato, ejercicio inédito en México
El Consejero Martín Faz señaló que “la Revocación de Mandato en México para el cargo de Presidencia de la República, de conformidad con el artículo 35 constitucional, representa un hito en la historia de nuestro país, pues se constituye por primera vez la posibilidad de que quien tiene derecho al voto evalúe el ejercicio del poder dentro de nuestro sistema político y con el sufragio remover a quien ha accedido al poder a través de una elección”.
La posibilidad de remover del cargo a un Presidente, subrayó, “nos coloca tanto a las autoridades electorales como a los actores políticos y a la misma ciudadanía en escenarios aún inexplorados. Es por ello que la totalidad de quienes habremos de intervenir en este ejercicio debemos ser en extremo cuidadosos y responsables con los pasos que se tendrán que dar para concretar esta importantísima consulta al electorado”.
Sobre esto mismo, el Consejero Ciro Murayama advirtió que la posibilidad de que se interrumpa el mandato de un Presidente es una situación excepcional, grave y delicada para cualquier sistema político y en México no se ha presentado esta situación desde hace 90 años.
“Yo creo que la democracia representativa puede ser lesionada por la democracia plebiscitaria y que los ejercicios de democracia directa deben ser complementarios”; sin embargo, añadió que más allá de su opinión personal, la Revocación de Mandato está ya en la Constitución y el INE debe enfrentarla con toda seriedad.
Ruta legal del ejercicio de Revocación de Mandato
La Consejera Carla Humphrey explicó la ruta legal a seguir para la realización de un ejercicio de Revocación de Mandato, en la cual se sustenta la aprobación de estos lineamientos.
Indicó que el artículo 4° transitorio de la reforma de 2019 precisó que, en caso de solicitarse el proceso de Revocación de Mandato del Presidente electo para el periodo constitucional 2018-2024, la solicitud de firmas comenzará durante el mes de noviembre y hasta el 15 de diciembre del año 2021 y la petición deberá presentarse dentro de los primeros 15 días del mes de diciembre.
En el supuesto de que la solicitud sea procedente, el INE deberá emitir la convocatoria dentro de los 20 días siguientes al vencimiento del plazo para la presentación de esta solicitud y la jornada de votación será a los 60 días de expedida la convocatoria. “De ahí la necesidad para el INE de comenzar con los trabajos preparativos desde ahora”.
Contenido del documento aprobado
Los lineamientos para la organización de la Revocación de Mandato aprobados por el INE contemplan la instalación de 161 mil casillas, para lo que se requerirá 5 mil 430 supervisoras y supervisores electorales, 32 mil 421 capacitadores asistentes electorales, para lograr contar con más de 484 mil funcionarias y funcionarios de estas casillas que se requerirán.
Este documento considera la posibilidad del voto de los mexicanos residentes en el exterior por Internet, así como los cómputos el mismo día de la Jornada Electoral y la implementación de un Conteo Rápido el mismo día.
Adicionalmente se establece el uso de una aplicación móvil para recolectar las firmas necesarias para que el INE pueda convocar a este mecanismo de participación directa.
Respecto a la participación de los partidos políticos, los lineamientos establecen que éstos podrán realizar propaganda siempre y cuando no utilicen recursos públicos para ello, ni contraten propaganda en radio y televisión, lo cual está prohibido constitucionalmente; sin embargo, sí podrán utilizar los espacios asignados como prerrogativas para fijar su postura sobre la Revocación de Mandato.
Los lineamientos emitidos por el Consejo General del INE protegen y garantizan el ejercicio pleno de los derechos político-electorales de todas las personas que participen en la organización y realización del proceso de Revocación de Mandato.
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