Envían a Senado dictamen que hace públicas sentencias judiciales

El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó con 413 votos el dictamen que reforma la fracción II del artículo 73 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, a fin de establecer la obligación de los Poderes Judicial Federal y los de las entidades, a hacer públicas y actualizar las versiones del texto íntegro de todas sus sentencias.

El documento, canalizado al Senado de la República para sus efectos constitucionales, menciona que actualmente no se puede evaluar la impartición de justicia ni la pertinencia de la carrera de jueces y juezas, por ello se necesitan sentencias públicas “para romper con las prácticas de nepotismo, amiguismo, los pactos para los puestos. Ya se ha documentado sobre familias judiciales. Hace falta transparencia para evaluar los procesos del escalafón judicial”.

Si las sentencias no son públicas, añade, no se conocerán las prácticas discriminatorias y estereotipadas de algunos jueces, que afectan sobre todo a las mujeres. Si sólo se conocen las que por alguna razón se vuelven mediáticas, no es posible denunciar para que no se repliquen. Tampoco se puede monitorear la labor de jueces y juezas si están en la opacidad sus veredictos.

Al fundamentar el dictamen, el secretario de la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, diputado José Luis Montalvo Luna (PT), expresó que la gobernabilidad democrática tiene como requisito indispensable el constante escrutinio de la sociedad sobre la actuación de las instituciones del Estado, en ese sentido, la transparencia hace posible una efectiva rendición de las mismas.

En ello, dijo, radica la importancia del dictamen, en virtud de que abona a una mayor transparencia del Poder Judicial, tanto federal como de las entidades federativas.

Mencionó que en los últimos años las distintas instituciones del Estado han avanzado hacia una mayor transparencia. No obstante, “éste no ha sido el caso del Poder Judicial”.

Una investigación de 2015 de la Organización Equis, Justicia para las Mujeres, revela que ninguno de los 32 poderes judiciales del país cumplía con la obligación de transparentar sentencias, de acuerdo a los principios de máxima publicidad, accesibilidad, completitud y oportunidad, a pesar de tener “la obligación legal de hacerlo.

Tal panorama, expresó, empeoró con la entrada en vigor, en mayo de 2015, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información que representó un retroceso legislativo contrario al principio de progresividad, del derecho a la información y máxima publicidad.

Montalvo Luna mencionó que con ello se redujo la obligación de publicar todas las sentencias a únicamente las que el propio Poder Judicial considere de interés público y sin que este concepto se definiera de manera clara. “Esta situación creaba una laguna que fue utilizada por algunos poderes judiciales de las entidades para no transparentar su trabajo”.

Con el presente dictamen, afirmó, se avanza hacia el fortalecimiento de las instituciones de procuración de justicia porque se garantiza mayor claridad en su actuación.
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